La Comisión para el Mercado Financiero modificó la Circular N°2.110 para simplificar el cierre de siniestros prorrogados. Desde el 1 de febrero de 2027, las compañías de seguros y los liquidadores podrán informar estos cierres de manera masiva a través de CMF Supervisa.
Actualmente, la información se reporta de forma individual. El nuevo formato busca reducir carga operativa y facilitar el cumplimiento, sin eliminar la alternativa de envío caso a caso.
Qué cambia con la nueva normativa de la CMF
| Aspecto | Situación actual | Desde el 1 de febrero de 2027 |
|---|---|---|
| Forma de reporte | Envío individual | Envío masivo o individual |
| Canal | CMF Supervisa | CMF Supervisa |
| Entidades | Aseguradoras y liquidadores | Aseguradoras y liquidadores |
| Objetivo | Cumplimiento caso a caso | Simplificar y automatizar el proceso |
Qué es un siniestro prorrogado
En la liquidación de seguros existen casos cuyo análisis requiere más tiempo del plazo ordinario, por ejemplo, porque faltan antecedentes, intervienen peritajes o la cobertura exige una revisión compleja. Cuando el procedimiento se extiende conforme a las reglas aplicables, el siniestro queda registrado como prorrogado.
El cambio anunciado se concentra en la forma de comunicar el cierre a la autoridad. No modifica por sí solo la cobertura contratada, las causas de la prórroga ni los derechos del asegurado.
Impacto para compañías de seguros y liquidadores
Menor carga administrativa
El reporte masivo permitirá agrupar información y reducir tareas repetitivas. Esto puede disminuir errores de digitación y facilitar conciliaciones entre los sistemas internos y la plataforma del regulador.
Preparación tecnológica antes de 2027
- Revisar el nuevo formato y sus campos obligatorios.
- Alinear los estados internos de los siniestros con las categorías exigidas por la CMF.
- Validar datos antes del envío masivo.
- Definir responsables de carga, revisión y corrección.
- Probar el proceso con anticipación y mantener trazabilidad de los envíos.
Qué significa para las personas aseguradas
La modificación es principalmente operativa. Una gestión de datos más eficiente puede mejorar la calidad y oportunidad de la información regulatoria, pero el asegurado debe seguir revisando las comunicaciones de su compañía y solicitar el estado de la liquidación cuando existan demoras.
Ante una prórroga, conviene verificar
- El motivo informado para ampliar el plazo.
- Los antecedentes pendientes y quién debe aportarlos.
- La nueva fecha estimada de resolución.
- Los canales de consulta y reclamo de la aseguradora.
- La posibilidad de acudir a la CMF si no recibe una respuesta suficiente.
Conclusión
La nueva regla para el cierre de siniestros prorrogados moderniza el reporte regulatorio y entrega una alternativa masiva desde febrero de 2027. El reto para las entidades será adaptar sus procesos sin perder calidad, trazabilidad ni atención oportuna a los asegurados.
Fuente oficial
Consulta el comunicado de la Comisión para el Mercado Financiero sobre el reporte masivo de siniestros prorrogados.
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