CMF facilita el reporte del cierre de siniestros prorrogados

La Comisión para el Mercado Financiero modificó la Circular N°2.110 para simplificar el cierre de siniestros prorrogados. Desde el 1 de febrero de 2027, las compañías de seguros y los liquidadores podrán informar estos cierres de manera masiva a través de CMF Supervisa.

Actualmente, la información se reporta de forma individual. El nuevo formato busca reducir carga operativa y facilitar el cumplimiento, sin eliminar la alternativa de envío caso a caso.

Qué cambia con la nueva normativa de la CMF

AspectoSituación actualDesde el 1 de febrero de 2027
Forma de reporteEnvío individualEnvío masivo o individual
CanalCMF SupervisaCMF Supervisa
EntidadesAseguradoras y liquidadoresAseguradoras y liquidadores
ObjetivoCumplimiento caso a casoSimplificar y automatizar el proceso

Qué es un siniestro prorrogado

En la liquidación de seguros existen casos cuyo análisis requiere más tiempo del plazo ordinario, por ejemplo, porque faltan antecedentes, intervienen peritajes o la cobertura exige una revisión compleja. Cuando el procedimiento se extiende conforme a las reglas aplicables, el siniestro queda registrado como prorrogado.

El cambio anunciado se concentra en la forma de comunicar el cierre a la autoridad. No modifica por sí solo la cobertura contratada, las causas de la prórroga ni los derechos del asegurado.

Impacto para compañías de seguros y liquidadores

Menor carga administrativa

El reporte masivo permitirá agrupar información y reducir tareas repetitivas. Esto puede disminuir errores de digitación y facilitar conciliaciones entre los sistemas internos y la plataforma del regulador.

Preparación tecnológica antes de 2027

  • Revisar el nuevo formato y sus campos obligatorios.
  • Alinear los estados internos de los siniestros con las categorías exigidas por la CMF.
  • Validar datos antes del envío masivo.
  • Definir responsables de carga, revisión y corrección.
  • Probar el proceso con anticipación y mantener trazabilidad de los envíos.

Qué significa para las personas aseguradas

La modificación es principalmente operativa. Una gestión de datos más eficiente puede mejorar la calidad y oportunidad de la información regulatoria, pero el asegurado debe seguir revisando las comunicaciones de su compañía y solicitar el estado de la liquidación cuando existan demoras.

Ante una prórroga, conviene verificar

  • El motivo informado para ampliar el plazo.
  • Los antecedentes pendientes y quién debe aportarlos.
  • La nueva fecha estimada de resolución.
  • Los canales de consulta y reclamo de la aseguradora.
  • La posibilidad de acudir a la CMF si no recibe una respuesta suficiente.

Conclusión

La nueva regla para el cierre de siniestros prorrogados moderniza el reporte regulatorio y entrega una alternativa masiva desde febrero de 2027. El reto para las entidades será adaptar sus procesos sin perder calidad, trazabilidad ni atención oportuna a los asegurados.

Fuente oficial

Consulta el comunicado de la Comisión para el Mercado Financiero sobre el reporte masivo de siniestros prorrogados.

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